calle52.com.ar... la calle que faltaba en la Ciudad de La Plata
REGISTRE su comercio GRATIS en la Guía !!      La Plata, Argentina
BIBLIOTECA ELECTRONICA calle52.com.ar
la calle que faltaba...
La Plata, Buenos Aires - Argentina
Buscar:
Coincidencia:
Buscar en:
Respuestas
INDICE de la Biblioteca Ventana ANTERIOR Ir a CALLE52

  • SOLICITA el texto que te interesa por CORREO electrónico a: biblioteca@calle52.com.ar. Te llegará como respuesta a tu dirección de correo SIN CARGO!
  • SUSCRIPCION gratuita: registrate y recibiras, por correo, el Indice cada vez que se modifique.
  • LOS DERECHOS DEL NIÑO

    María J. Amoretti
    biblioteca@calle52.com.ar

    Hasta no hace mucho tiempo los niños eran considerados sólo una responsabilidad privada de las familias, sin que nadie tuviese derecho a intervenir. Podían hacerles daño o castigos, o no enviarlos a la escuela.

    A partir de 1920 los niños comenzaron a ser reconocidos como seres iguales a los adultos, pero con necesidades especiales de atención y protección, por ser personas que dependen de los adultos para poder desarrollarse y crecer integralmente.

    En 1959 la asamblea General de las Naciones Unidas dio un paso adelante en este reconocimiento y estableció la Declaración de los Derechos del Niño.

    Y en 1989, la Asamblea aprobó la "Convención Internacional sobre los Derechos del Niño" (ésta obliga con la ley a los estados que ratifiquen la convención, a cumplir y hacer cumplir lo que ella expresa; a dar garantías que las familias y la sociedad respeten los derechos del niño y le aseguren la posibilidad de defenderse y reclamar lo que necesita).

    El Congreso argentino ratificó la Convención sobre los derechos del Niño en 1990, y la instituye como ley nacional 23.849.

    En 1994 la incorporó al artículo 75 de la nueva constitución.

    La Convención Internacional sobre los Derechos del Niño contiene 54 artículos y resultó la más firmada en poco tiempo, por una gran cantidad de países. Se basa en los diez principios de la declaración de los derechos del niño que son:

    1. Todos los niños de todos los países, de todas las razas, de todas las religiones, idiomas, creencias, origen nacional o social, varones o mujeres, etc. Deben gozar de estos derechos.
    2. Por su condición de niños (es decir que dependen de los adultos), merecen una protección especial que debe asegurarse con las leyes. Y que les permitan crecer sanos, en libertad, y sin que nadie les falte el respeto.
    3. Desde que nacen, los niños tienen derecho a un nombre y a una nacionalidad. Nadie tiene derecho a privarlos de su identidad, ni a negarles a conocer a su verdadera familia.
    4. Tienen derecho a gozar de atención médica, buena alimentación, y casa propia. También tienen derecho a nacer sanos, para lo cual es necesario dar cuidados especiales a la mamá. 
    5. El niño que posea un problema físico o mental, o que sufra algún impedimento social (ej. no tener dónde dormir o comer), debe recibir el tratamiento especial que requiera su situación.
    6. Los niños necesitan padres que los quieran y los cuiden mucho. Que puedan brindarles amparo y amor y alimento. Los que no posean familia igual tienen sus derechos. La sociedad y las autoridades deben cuidarlos hasta que crezcan. 
    7. Recibir educación gratuita y obligatoria, también es un derecho. Deben tener las mismas oportunidades de estudiar y aprender por sí mismos. También tienen derecho al recreo y a mucho tiempo para jugar.
    8. Los niños deben ser siempre los primeros en recibir protección y socorro. 
    9. Ningún niño debe ser tratado cruelmente ni debe trabajar antes de la edad adecuada. Y nunca trabajar en algo que le haga daño.
    10. Los niños deben ser protegidos contra las prácticas que fomenten la discriminación racial, religiosa, o de cualquier otra índole.

     

    El material de consulta para este trabajo proviene de apuntes personales de clases especiales, cursos, conferencias, textos de formación cívico ciudadana, y creatividad personal.


    VOLVER a la Biblioteca electrónica de calle52.com.ar

    Hecho el depósito que marca la ley © Calle52.com.ar
    Se autoriza la reproducción del texto haciendo expresa referenica al autor y a esta edición digital para uso PERSONAL. Se prohibe toda reproducción comercial o promocional, inclusive las gratuitas.


    Atención DIRECTA de los operadores de calle52.com.ar

    Para chatear con el Operador haga clic ACA o en el enlace del cuadro de abajo:

    Para enviar un mensaje al Operador haga clic ACA


    calle52.com.ar es una Marca Registrada
    Calle 10 Nº 979 1/2 PB 1900 - Ciudad de La Plata, Provincia de Buenos Aires
    República Argentina - Teléfono 54 (221) 483-4066 calle52@calle52.com.ar